
El decreto publicado en el DOF el 16 de julio de 2025 reformó la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. El nuevo artículo 18 detalla las obligaciones de quienes realizan actividades vulnerables, como la recepción de donativos.
Obligaciones de aplicación inmediata
- Identificar y conocer a los donantes, verificar su identidad con documentos oficiales y conservar copia.
- Recabar información sobre la actividad del donante frecuente, con base en su RFC.
- Identificar al beneficiario controlador en personas morales y fideicomisos.
- Custodiar y conservar la documentación soporte por al menos 10 años.
- Registrarse en el Padrón de Actividades Vulnerables del SAT.
- Brindar facilidades para las visitas de verificación.
- Presentar avisos e informes, incluidos los avisos por operaciones sospechosas dentro de las 24 horas.
Obligaciones sujetas a Reglas de Carácter General
- Evaluación con enfoque basado en riesgos.
- Manual de políticas internas, incluidas políticas sobre Personas Políticamente Expuestas (PEP).
- Selección de personal y capacitación anual en PLD/FT.
- Sistemas automatizados de monitoreo y detección de operaciones inusuales.
- Auditoría anual según el nivel de riesgo.
Las Reglas de Carácter General determinarán la metodología y plazos de estas obligaciones. Consulta nuestra nota sobre las nuevas Reglas de Carácter General 2026.
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